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LLÁMANOS

 

Control Legionelosis

¿Qué es la legionella?

La legionella es un microorganismo que se halla en medios acuáticos naturales y que además ha encontrado un hábitat muy adecuado en sistemas de agua creados y manipulados por el hombre, que actúan como amplificadores y propagadores de esta bacteria.

Si se dispersa en el aire y penetra en los pulmones, el microorganismo puede ser patógeno para el hombre. Por este motivo, los controles de legionella se tienen que llevar a cabo de forma obligatoria en todas aquella empresas que utilicen agua en su proceso tanto directa como indirectamente.

 La infección por legionella, o legionelosis, se presenta en dos formas principales: 

  • Neumonía, o enfermedad del legionario, que puede producir cuadros severos
  • Fiebre de Pontiac, que es una infección no neumónica y de características leves

Para que el ser humano sea infectado, se tienen que dar una serie de circunstancias que se enumeran a continuación.

  • Penetración de las bacterias en el circuito de agua
  • Multiplicación de las bacterias en el agua
  • Dispersión de las bacterias en el aire
  • Exposición de los individuos

¿Cómo actúa Winton?

Winton ibérica actúa aplicando la Normativa legal en esta materia. En concreto, todos y cada uno de los protocolos definidos en el RD865/2003 de ámbito nacional, el D173/2000 de ámbito autonómico y las Guías Técnicas de apoyo desarrolladas en 2007. Además y debido al exponencial crecimiento documental y la obligatoria trazabilidad que va ligada a este tipo de servicios, Winton Ibérica posee un novedoso sistema “on-line”, desarrollado conjuntamente a una base de datos en la web, pionera por la estratificación de la información y que al cliente le permite (vía password) obtener datos y registros (Artículos 5 y 8 del Real Decreto 865/2003) en tiempo real. 

Su uso es muy ágil, ordenado, intuitivo y práctico en auditorías e inspección de Consellería.

Sectores habituales de exposición a la bacteria:

  • Público (ayuntamientos, diputaciones, sedes oficiales, museos, institutos)
  • Educativo (universidades, colegios, guarderías)
  • Azulejero, frita, atomizadoras, pastas de rejunte
  • Hortofrutícola
  • Automoción
  • Centros deportivos, piscinas, gimnasios
  • Alimentación
  • Petroquímicas, químicas, gases, gasolineras
  • Mutuas
  • Plásticos
  • Óptica
  • Reciclado y gestión de residuos
  • Telecomunicaciones
  • Aerogeneradores y transformación de energía
  • Metalúrgico
  • Aeronáutico
  • Ferroviario
  • Bodegas
  • Cementeras
  • Textil
  • Cuerpos y fuerzas de seguridad del estado
  • Hoteles y restauración

Instalaciones y equipos de riesgo

  • Redes de agua sanitaria fría y redes de agua sanitaria caliente
  • Sistemas de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno
  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos
  • Sistemas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire (spas, jacuzzis, piscinas, vasos o bañeras terapéuticas, bañeras de hidromasaje, tratamientos con chorros a presión…)
  • Centrales humidificadoras industriales
  • Sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano (tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno
  • Equipos de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua
  • Humectadores
  • Fuentes ornamentales
  • Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano
  • Instalaciones de lavado de vehículos
  • Sistemas de agua contra incendios
  • Elementos de refrigeración por aerosolización al aire libre
  • Equipos de terapia respiratoria
  • Respiradores
  • Nebulizadores
  • Otros equipos médicos en contacto con las vías respiratorias
  • Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles

Normativa y Sanciones:

Normativa de aplicación de “obligatorio cumplimiento”:

  • RD 865/2003
  • D173/2000

Normativa de aplicación complementaria:

  • GUÍA TÉCNICA 2007

Sanciones:

Las infracciones en materia de sanidad serán sancionadas con multas de acuerdo con la siguiente graduación, siendo el responsable final el “titular de la instalación”:

  1. Infracciones leves, hasta 3.005 €
  2. Infracciones graves, desde 3.005 € a 15.025 €, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción
  3. Infracciones muy graves, desde 15.025 € a 601.012 €, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción

Además, en los supuestos de infracciones muy graves, podrá acordarse, por el Consejo de Ministros o por los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas que tuvieren competencia para ello, el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años. 

Delegación Massanassa • Control Legionella • Formación
Pol. Ind. de Massanassa. Calle Camí dels Codonyers, 13.
46470 Massanassa • Valencia
Teléfono 96 127 24 40 - 96 125 25 36
Fax 96 127 47 87

Dirección Postal
Apartado 171 - 46470 Catarroja